Normas para llevar animales de España a Eslovaquia
Normas para llevar animales de España a Eslovaquia
Para viajar de España a Eslovaquia con un perro, un gato o un hurón se aplican las normas de la Unión Europea sobre los desplazamientos no comerciales de animales de compañía.
El viaje se considera no comercial cuando el animal acompaña a su propietario o a una persona autorizada y no se transporta para venderlo, entregarlo en adopción o transferirlo a un nuevo propietario. Las condiciones vigentes están reguladas por el Reglamento Delegado (UE) 2026/131.
Documentos necesarios
Para entrar en Eslovaquia desde España, el animal debe disponer normalmente de:
- un pasaporte europeo para animales de compañía válido;
- un microchip de identificación;
- una vacunación antirrábica válida, salvo la excepción permitida para determinados animales jóvenes.
El pasaporte debe haber sido expedido y cumplimentado por un veterinario autorizado. Debe incluir los datos del propietario, la descripción del animal, el número del microchip y la información sobre la vacunación contra la rabia.
También puede aceptarse un tatuaje claramente legible si fue realizado antes del 3 de julio de 2011.
Microchip y vacunación contra la rabia
El animal debe estar identificado mediante microchip antes de recibir la vacuna contra la rabia o, como máximo, el mismo día de la vacunación.
La primera vacuna antirrábica puede administrarse cuando el animal tiene al menos 12 semanas. Después de la vacunación primaria deben transcurrir como mínimo 21 días antes de viajar.
Por tanto, en un viaje ordinario, un cachorro, un gatito o un hurón joven puede entrar en Eslovaquia a partir de las 15 semanas de edad.
Si la dosis de recuerdo se administra antes de que caduque la vacunación anterior, no es necesario esperar otros 21 días. Cuando la vacuna ha caducado, la nueva dosis se considera una vacunación primaria y el periodo de espera comienza de nuevo.
Cachorros y animales jóvenes
Eslovaquia permite, bajo determinadas condiciones, la entrada desde otros países de la UE de perros, gatos y hurones jóvenes que todavía no tienen una vacunación antirrábica plenamente válida.
La Comisión Europea incluye expresamente a Eslovaquia entre los países que aceptan esta excepción. La autoridad veterinaria eslovaca también confirma que pueden entrar animales jóvenes procedentes de otros Estados miembros si se cumplen las condiciones establecidas.
La excepción puede aplicarse a:
- animales menores de 12 semanas que todavía no han sido vacunados;
- animales de entre 12 y 16 semanas vacunados contra la rabia, pero para los que todavía no han transcurrido los 21 días obligatorios.
El animal debe llevar microchip y su propio pasaporte europeo. Además, debe cumplirse una de estas condiciones:
- presentar una declaración firmada por el propietario que confirme que, desde su nacimiento, el animal no ha tenido contacto con animales salvajes susceptibles de transmitir la rabia;
- viajar acompañado de su madre, de la que todavía depende, y cuyo pasaporte demuestre que estaba correctamente vacunada contra la rabia antes del nacimiento de las crías.
Si el viaje se realiza por carretera, deben comprobarse también las reglas de los países de tránsito. Algunos Estados miembros no admiten animales jóvenes sin una vacunación antirrábica plenamente válida, aunque Eslovaquia sí permita su entrada.
Otros requisitos sanitarios
Para un desplazamiento directo de España a Eslovaquia:
- no se exige una prueba de anticuerpos contra la rabia;
- no es obligatorio el tratamiento contra Echinococcus multilocularis;
- no se necesita un certificado sanitario adicional si el animal lleva un pasaporte europeo válido;
- no es necesario entrar por un puesto veterinario fronterizo, ya que ambos países pertenecen a la Unión Europea.
El tratamiento contra Echinococcus multilocularis solo es obligatorio para la entrada de perros en determinados países y territorios europeos. Eslovaquia no figura entre ellos.
Número máximo de animales
En un desplazamiento no comercial pueden viajar normalmente hasta cinco perros, gatos o hurones en un mismo medio de transporte.
El límite puede superarse cuando:
- los animales participan en una exposición, competición, acontecimiento deportivo o entrenamiento relacionado;
- tienen más de seis meses;
- el propietario presenta documentos que acreditan su inscripción o participación.
Si se transportan más de cinco animales sin cumplir estas condiciones, pueden aplicarse las reglas correspondientes a los movimientos comerciales dentro de la UE.
Viaje con una persona autorizada
El animal puede viajar con una persona autorizada por escrito por el propietario.
El desplazamiento debe estar directamente relacionado con el viaje del propietario. Cuando ambos viajan por separado, el propietario debe desplazarse dentro de los cinco días anteriores o posteriores al traslado del animal.
Durante el viaje conviene llevar:
- el pasaporte original del animal;
- la autorización firmada por el propietario;
- los billetes u otros documentos que demuestren la relación entre ambos desplazamientos.
Viaje por carretera y tránsito
El trayecto terrestre entre España y Eslovaquia atraviesa varios países de la Unión Europea. Un animal adulto con microchip, pasaporte europeo y vacuna antirrábica válida cumple los requisitos sanitarios básicos comunes de la UE.
La ruta debe revisarse con especial atención cuando se viaja con un cachorro acogido a la excepción eslovaca. Todos los países de tránsito deben permitir también el paso de animales jóvenes sin una vacunación plenamente válida.
Las compañías aéreas y otras empresas de transporte pueden establecer requisitos propios sobre el transportín, la reserva de plaza, el peso del animal, el uso de bozal o el acceso a la cabina.
Venta, adopción y cambio de propietario
Cuando el animal se traslada a Eslovaquia para ser vendido, adoptado, entregado por una protectora o transferido a un nuevo propietario, el movimiento no se considera un viaje privado.
En estos casos pueden exigirse:
- un examen clínico veterinario antes de la salida;
- un certificado sanitario oficial;
- el registro o autorización del establecimiento de origen;
- la notificación del movimiento mediante el sistema TRACES.
Los animales procedentes de refugios y los traslados que implican un cambio de propietario deben cumplir las condiciones aplicables a los movimientos regulados o comerciales dentro de la UE.
Para aves, conejos, roedores, reptiles y otras especies se aplican requisitos distintos de los establecidos para perros, gatos y hurones. En el caso de especies protegidas por CITES también puede ser necesaria documentación ambiental específica.
